APPRECE informa a los profesores de religión sobre la imposibilidad de que se reconozcan los años trabajados antes de 1999, que no fueron cotizados por el Ministerio, a efectos de jubilación, sin esperar al momento de acceder a la misma.
Explica que solo mediante un procedimiento legal en el momento de la jubilación se pueden exigir responsabilidades al Ministerio por la falta de cotización. Además, menciona que la Seguridad Social no pagará prestaciones por periodos no cotizados sin una sentencia que responsabilice al Ministerio.
APPRECE destaca por su experiencia en la defensa de los derechos de los profesores de religión y se ofrece para resolver dudas.
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